El órgano de implementación y seguimiento de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas promovería el cumplimiento de las obligaciones expresadas en la Declaración. Este órgano tendría el mandato de recibir información pertinente, compartir las mejores prácticas, emitir informes, formular recomendaciones y, en general, trabajar para alcanzar los objetivos de la Declaración.
Un órgano de aplicación y seguimiento de la Declaración de las Naciones Unidas.pdf
4 y 5 de abril de 2016 | Informe del Taller de Expertos de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos
4 y 5 de abril de 2016 | Comentarios escritos del Centro al Taller de Expertos
4 y 5 de abril de 2016 | Comentarios escritos de la Nación Potawatomi al Taller de Expertos
22 de septiembre de 2015 | El Centro pide un órgano de implementación y monitoreo de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (DNUDPI) en el Consejo de Derechos Humanos.
19 de mayo de 2014 | Implementación de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas: Creación de un Mecanismo de las Naciones Unidas para el Monitoreo y la Promoción