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Garantizar que todas las empresas y bancos respeten los derechos indígenas

El Centro de Recursos Jurídicos Indígenas trabaja para incluir los derechos colectivos de los pueblos indígenas y las obligaciones de derechos humanos de las instituciones financieras del sector público en un nuevo tratado que regule a las empresas transnacionales y otras entidades comerciales. Chris Foley, miembro del Centro, presentó una declaración ante el Grupo de Trabajo el 24 de octubre de 2016 en Ginebra. El futuro instrumento internacional jurídicamente vinculante busca abordar las lagunas en el derecho internacional y en las directrices voluntarias de los Principios Rectores de la ONU sobre las Empresas y los Derechos Humanos .

"Muchos de los derechos humanos de los pueblos indígenas son propiedad colectiva de comunidades, tribus, naciones o pueblos", afirmó Chris Foley, abogado del Centro y coautor de sus recomendaciones. Explica que estos incluyen amplios derechos relacionados con el autogobierno, la propiedad y el control indígena sobre tierras y recursos. "Estos derechos son tan distintos de otros derechos humanos que se necesita un lenguaje específico en el instrumento para garantizar su reconocimiento y plena protección".

Foley señala que el problema radica en que, con demasiada frecuencia, las empresas y las instituciones financieras del sector público no aprecian el alcance de los derechos territoriales indígenas ni reconocen a los gobiernos e instituciones de toma de decisiones indígenas.

El Centro recomienda que:
1. El instrumento aborde los derechos colectivos de los pueblos indígenas y cree normas jurídicas claras sobre la jurisdicción y la responsabilidad de todas las empresas y prestamistas.

2. El instrumento establezca procedimientos de denuncia para las violaciones de derechos humanos derivadas de proyectos financiados por instituciones financieras del sector público.

3. El órgano de seguimiento del instrumento debe evaluar el cumplimiento de estas normas mediante informes periódicos. El órgano debe supervisar el cumplimiento de cualquier recomendación que pueda emitir mediante la investigación de los hechos, la recopilación de pruebas y el examen de la legislación, a fin de garantizar que la violación en cuestión no se repita.
4. El órgano de tratados debe colaborar estrechamente con los mecanismos existentes de la ONU, incluido el Foro sobre Empresas y Derechos Humanos, para ayudar a los Estados, las instituciones financieras del sector público y las empresas a abordar las cuestiones de derechos humanos, ofreciendo asistencia técnica, difundiendo las mejores prácticas y brindando oportunidades para el diálogo y el debate.

5. Finalmente, el Grupo de Trabajo debe debatir la creación de un órgano similar a un tribunal internacional que brinde un foro a las víctimas de violaciones de derechos humanos para que puedan presentar sus reclamaciones cuando los recursos internos sean insuficientes.

Recursos:

Presentación a la primera sesión del Grupo de Trabajo Intergubernamental de Composición Abierta sobre las Empresas Transnacionales y Otras Empresas Comerciales con Respecto a los Derechos Humanos

Presentación a la segunda sesión del Grupo de Trabajo Intergubernamental de Composición Abierta sobre las Empresas Transnacionales y Otras Empresas Comerciales con Respecto a los Derechos Humanos