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  5. Asamblea General de la OEA

Asamblea General de la OEA

La Asamblea General es el máximo órgano deliberativo y no permanente de la OEA y está integrada por delegaciones de todos los Estados Miembros, quienes tienen derecho a voto en la adopción de resoluciones sobre temas de su competencia. Su función, entre otras, es tomar decisiones e impulsar iniciativas relacionadas con el objetivo declarado de la OEA. Para más información, sitio web de la OEA

Con respecto a la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, la Asamblea General ha adoptado durante sus períodos ordinarios de sesiones las siguientes resoluciones relacionadas con cuestiones indígenas:

1. Resolución 1022 (1989), mediante la cual la Asamblea General solicitó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que preparara un instrumento jurídico relacionado con los derechos de los pueblos indígenas para su adopción en 1992.

2. Resolución 1479 (1997), mediante la cual la Asamblea General encomendó al Consejo Permanente la consideración del Texto Aprobado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos e instó al Comité Jurídico Interamericano, al Instituto Indigenista Interamericano y a los Estados miembros a que presentaran al Consejo Permanente las observaciones y recomendaciones que consideraran pertinentes.

3. Resolución 1549 (1998), mediante la cual la Asamblea General reconoció las contribuciones presentadas por la OEA y los organismos internos de los Estados Miembros y encomendó al Consejo Permanente la tarea de continuar considerando el proyecto de Declaración.

4. Resolución 1610 (1999), mediante la cual la Asamblea General creó el Grupo de Trabajo encargado de la elaboración de la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, bajo la autoridad del Consejo Permanente, e invitó al Grupo de Trabajo a considerar la participación adecuada de representantes de las comunidades indígenas.

5. Resolución 1708 (2000), mediante la cual la Asamblea General solicitó al Secretario General que facilitara la difusión de los documentos del Grupo de Trabajo y considerara las medidas necesarias para promover una participación más representativa de las organizaciones y comunidades indígenas en el hemisferio occidental.

6. Resolución 1780 (2001), mediante la cual la Asamblea General recomendó al Consejo Permanente crear un Fondo Específico de Contribuciones Voluntarias para apoyar la participación de representantes indígenas en sesiones relacionadas con el proyecto de Declaración y solicitó que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y/o otros órganos y organismos de la OEA brinden asesoría jurídica durante este proceso.

7. Resolución 1851 (2002), mediante la cual la Asamblea General afirmó que la adopción de la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas era una prioridad de la OEA; subrayó la importancia de la participación indígena en este proceso; y alentó a los gobiernos miembros de la OEA a establecer mecanismos de consultas nacionales con los representantes de los pueblos indígenas a fin de facilitar la elaboración del proyecto de declaración.

8. Resolución 1919 (2003), mediante la cual la Asamblea General reconoció el fin de la consideración del Grupo de Trabajo del Texto Aprobado por la Comisión Interamericana y encargó al Grupo de Trabajo iniciar reuniones de negociación en la búsqueda de consenso sobre la base del Texto y las propuestas presentadas por los Estados Miembros y los representantes indígenas.

9. Resolución 2029 (2004), mediante la cual la Asamblea General solicitó al Consejo Permanente que encomendara al Grupo de Trabajo que recomendara una fecha para concluir la etapa final de las negociaciones, tomando en cuenta la participación de un representante indígena de cada uno de los Estados miembros de la OEA, designado por los respectivos pueblos indígenas.

10. Resolución 2073 (2005), mediante la cual la Asamblea General expresó la importancia de la etapa final de las negociaciones del Grupo de Trabajo y solicitó al Consejo Permanente que instruyera al Grupo de Trabajo a intensificar sus esfuerzos para convocar reuniones de negociación a fin de facilitar la pronta adopción del proyecto de Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.

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